La Tesorería General de la Seguridad Social ha iniciado una nueva campaña de requerimientos dirigida a autónomos societarios y a aquellos trabajadores por cuenta propia que no han adaptado su actividad al nuevo CNAE 2025. El organismo reclama actualización de datos “para verificar la cotización correcta”, una medida que llega en un momento de máxima …
La Tesorería General de la Seguridad Social ha iniciado una nueva campaña de requerimientos dirigida a autónomos societarios y a aquellos trabajadores por cuenta propia que no han adaptado su actividad al nuevo CNAE 2025. El organismo reclama actualización de datos “para verificar la cotización correcta”, una medida que llega en un momento de máxima presión administrativa para pymes y autónomos.
La Seguridad Social vuelve a pedir datos a miles de autónomos: qué está ocurriendo
La Administración ha enviado notificaciones a autónomos societarios y profesionales con CNAE antiguo, exigiendo su regularización inmediata.
La Seguridad Social ha comenzado a remitir nuevos requerimientos para que los autónomos societarios y aquellos que aún mantienen el CNAE 2009 actualicen su información y regularicen su clasificación de actividad, ahora asociada al CNAE 2025. Según el organismo, el objetivo es “verificar que la cotización asignada se corresponde con la actividad real”.
La campaña se suma a otras comprobaciones recientes realizadas por la Tesorería sobre bases de cotización, actividad económica declarada o cambios societarios. La sensación en el colectivo, no obstante, es clara: más carga burocrática en un escenario ya saturado.
Por qué se envían estos requerimientos
La TGSS busca cruzar actividad, epígrafes y CNAE para depurar datos y ajustar cotizaciones.
El motivo oficial es garantizar que la tarifa aplicada a cada autónomo societario se ajusta a su actividad, especialmente tras la última actualización del sistema de cotización por ingresos reales.
Según fuentes consultadas del sector:
Muchos autónomos no han actualizado su CNAE desde hace años.
La migración obligatoria al CNAE 2025 ha generado discrepancias en la clasificación de actividades.
La TGSS está intensificando el cruce de datos con Hacienda y el Registro Mercantil.
Para la Administración, disponer de un CNAE correcto permite ajustar cuotas, identificar riesgos laborales y depurar estadísticas. Para el autónomo, supone otro trámite que, si no se realiza correctamente, puede generar sanciones o recargos.
Un nuevo frente burocrático para los autónomos societarios
La notificación exige respuesta en un plazo limitado y puede implicar rectificación de datos.
Los autónomos societarios están recibiendo el mensaje de que deben confirmar su actividad y aportar documentación en caso de discrepancias. Si el CNAE declarado no coincide con el que la TGSS entiende como correcto, el autónomo debe justificarlo o corregirlo.
Esto implica:
Revisar estatutos sociales.
Consultar el epígrafe del IAE.
Comprobar si el CNAE asignado por la Seguridad Social coincide con el declarado en Hacienda.
Una tarea que suele requerir gestoría y que añade complejidad a la ya exigente carga administrativa del colectivo.
¿Cómo afecta esta nueva campaña a autónomos y pymes?
La actualización no implica un aumento directo de cuota, pero sí riesgos si se ignora o se realiza de forma incorrecta.
Impactos directos:
Tiempo perdido en trámites y consultas a la gestoría.
Riesgo de sanciones si el requerimiento no se responde a tiempo.
Inseguridad jurídica ante posibles regularizaciones retroactivas.
Confusión normativa, especialmente para quienes ya actualizaron sus datos previamente.
Impactos indirectos:
Sobrecarga administrativa en un sistema ya complejo.
Incertidumbre para pymes familiares con sociedades pequeñas.
Divergencias entre Hacienda y Seguridad Social que pueden generar errores involuntarios.
¿Por qué genera malestar entre el colectivo autónomo?
La medida coincide con inspecciones recientes, subida de cuotas y nuevas obligaciones digitales.
Asociaciones de autónomos consideran que esta campaña llega en un momento inoportuno, marcado por:
El aumento progresivo de cuotas por ingresos reales.
La adaptación obligatoria a la factura electrónica.
Los cambios en los módulos para 2026.
Las revisiones de cotización de 2023 y 2024 que aún no han sido regularizadas.
El resultado es un entorno en el que el autónomo percibe una vigilancia constante, mientras continúa faltando una simplificación real del sistema.
¿Qué dice la norma?
El CNAE 2025 es obligatorio y debe coincidir con el IAE y la actividad real.
La clasificación CNAE 2025 sustituye a la de 2009. La Seguridad Social exige que todos los trabajadores por cuenta propia reflejen la actividad exacta que desempeñan según la nueva codificación.
La obligación afecta especialmente a los autónomos societarios, pues su clasificación influye en:
La determinación del tipo de cotización.
La identificación de accidentes laborales.
La correcta asignación de epígrafes.
Reacciones del colectivo autónomo
Gestores y asociaciones señalan exceso de celo administrativo.
Representantes del sector comentan que la medida podría haberse implementado de forma escalonada y con unificación previa de criterios entre Hacienda y Seguridad Social, para evitar duplicidades.
Un gestor consultado por Unión Autónoma lo resume así:
“El problema no es actualizar datos, es que el autónomo vive en una campaña permanente de comprobaciones. No hay descanso.”
Conclusión: más controles, misma falta de claridad
La nueva campaña de requerimientos confirma la tendencia de la Administración a reforzar el control sobre el colectivo autónomo, en un contexto ya marcado por una alta presión regulatoria. Aunque la actualización del CNAE sea necesaria para depurar datos y ajustar cotizaciones, el modo en que se está ejecutando vuelve a cargar sobre el autónomo un peso adicional que podría haberse evitado con coordinación, comunicación clara y un verdadero esfuerzo de simplificación.
Para miles de trabajadores por cuenta propia, esta notificación no es solo un trámite más: es otro recordatorio de que la burocracia sigue avanzando más rápido que la tan prometida “simplificación administrativa”.



